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miércoles, 22 de mayo de 2013

La LOMCE frente a la vigente LOE


Novedades que el anteproyecto de Ley orgánica de mejora de la calidad educativa (LOMCE) tiene en relación con la Educación Primaria respecto de la vigente Ley Orgánica de Educación (LOE).

     Antes de comenzar con las novedades que el anteproyecto de la LOMCE propone  hay que aclarar que éste no se trata de una ley como tal sino que se trata de la modificación de una serie de artículos de la LOE, sesenta y cinco en total. Éstas se denominan como artículos Bis o Nuevas Disposiciones.

     Las novedades existentes, dentro de sus artículos correspondientes, son las siguientes:

·        "Artículo 2.bis. Sistema Educativo Español. Este artículo quedaría añadido a la Ley Orgánica de Educación:

1. A efectos de esta ley orgánica, se entiende por Sistema Educativo Español el conjunto de agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación, de financiación o de prestación del servicio de la educación en España y sus beneficiarios, así como el conjunto de relaciones, estructuras, medidas y acciones que se implementan para prestarlo.
2. Para la consecución de los fines revistos en el artículo 2, el Sistema Educativo Español contará con los siguientes instrumentos:

* a) El Consejo Escolar del Estado, como órgano de participación de la comunidad educativa en la programación general de la enseñanza y de asesoramiento al Gobierno.
* b) La Conferencia Sectorial de Educación, como órgano de cooperación de las Comunidades Autónomas.
c) La Mesa de Diálogo Social por la Educación, como órgano de participación de los empresarios y trabajadores del sector educativo.
* d) El Sistema de Información Educativa.

3. El funcionamiento del Sistema Educativo Español se rige por los principios de calidad, cooperación, equidad, igualdad de oportunidades, eficiencia en la asignación de recursos públicos, transparencia y rendición de cuentas. “
(*) Lo expuesto con este formato es lo que queda añadido o conceptualizado como conceptos nuevos dentro de este nuevo anteproyecto.

·        Artículo 3. En el apartado 3 se añade a la educación básica, además de la educación primaria y secundaria, los ciclos de formación profesional básica.
·        El artículo 6. Currículo. Se modifica de la siguiente manera:

-        “b) La fijación de los contenidos comunes necesarios para la adquisición de las competencias básicas. Los contenidos comunes requerirán el 65 % de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial y el 75 % para aquéllas que no la tengan.”
Frente a la LOE, en la cual los contenidos requerían el 55% de los horarios escolares para las comunidades Autónomas que tengan lengua cooficial  y el 65% de aquéllas que no la tengan.
-       El apartado 3 y 4 queda de la siguiente manera tras incluir ciertas novedades:
“3.Corresponderá a las Administraciones educativas el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la presente ley orgánica, respetando e integrando las enseñanzas mínimas. A estos efectos, las administraciones educativas desarrollarán los contenidos comunes y podrán establecer directrices pedagógicas, reconociendo en todo caso cierto grado de autonomía a los centros educativos.”
 “4. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía, tal como se recoge en el capítulo II del título V de la presente ley orgánica. Concretamente, los centros educativos dispondrán de autonomía para diseñar e implantar métodos pedagógicos propios, de conformidad con las directrices que, en su caso, establezcan las administraciones educativas. “
En el nuevo anteproyecto se hace hincapié en el “respeto e integración de las enseñanzas mínimas” y explica éstas como tal, frente a la LOE que lo deja de manera general haciendo referencia a los artículos anteriores. Además añade que las administraciones educativas podrán también establecer directrices pedagógicas, lo que puede llegar a influir de manera positiva en el centro ya que la individualización de cada alumno, en mi opinión, motiva y ayuda a obtener mayores éxitos académicos y en un futuro personales.


·         El artículo 18 queda modificado en lo siguiente:

-          En este caso el área de conocimiento del medio natural, social y cultural pasa a dividirse en dos áreas denominadas: Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales.

-          La asignatura de educación para la ciudadanía y los derechos humanos queda eliminada como asignatura introducida en el tercer ciclo de la etapa poniendo en su lugar una segunda lengua extranjera.



·        Artículo 19. Se añade un apartado 4 con la siguiente redacción:

-          "4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral."

·        Artículo 20. Evaluación durante la etapa. Modifica los puntos 4 y 5 de este éste artículo dentro de la LOE  y propone lo siguiente como puntos 3 y 4 de la LOMCE, habiendo eliminado por simplificación uno:
-          Antes de estos apartados, observamos como la LOMCE hace referencia en cuanto a la evaluación y posible aumento de “curso” y no al “ciclo o etapa” siguiente como lo hace la LOE ya que en este anteproyecto, ésta viene definida en el título del artículo.
-          Los docentes estudiarán los niveles y las competencias básicas que los niños del tercer curso de Primaria tienen en lengua y matemáticas. En la LOE el curso en el que se realiza el estudio no aparece reflejado, así pues se considera necesario durante todos los cursos.
En caso de que las notas  obtenidas sean desfavorables podrán hacer al niño repetir curso llevando con ello un plan individualizado de trabajo organizado por los profesores correspondientes para lograr el éxito escolar.

·         Artículo 21. Evaluación de final de Educación Primaria. Este queda totalmente modificada de la siguiente manera:

-           La evaluación ahora se lleva a cabo en sexto de primaria y con ello se estudia si los niños superan este curso, si son capaces de superar el siguiente y se les puede aconsejar que camino académico pueden llegar a obtener en un futuro. Serán realizadas estas pruebas por las Administraciones educativas y los resultados serán plasmados por individual a cada alumno.

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